Dólar tarjeta y dólar turista más caros: el gobierno reforzó el cepo y llevó la percepción sobre moneda extranjera a 45%. La medida no modifica el impuesto PAIS. Te contamos cómo queda el valor del dólar a partir de ahora.
Más cepo al dólar tarjeta y dólar turista
El gobierno anunció que a partir del 14 de julio, se incrementará la percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que se aplica sobre los consumos en dólares en el exterior. La alícuota pasará de 35% a 45%.
Hasta el momento, este régimen que rige desde 2020 establecía la aplicación de una percepción del 35% sobre:
- Consumos en dólares con tarjeta de crédito en el exterior.
- Compra del dólar ahorro (con un cupo de u$s 200).
- Consumos con tarjeta de servicios cuyo abono se encuentra dolarizado (Netflix, Spotify, etc.)
Ahora, el gobierno decidió incrementar esa percepción al 45%. Este aumento se aplicará, únicamente, a los gastos en dólares realizados con tarjeta. Es decir, que queda excluida de la medida la compra de dólar ahorro, cuya alícuota permanecerá en 35%.
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Recordemos que en todos los casos, el dinero retenido por consumos en dólares podrá ser tomado a cuenta al momento de presentar y pagar Ganancias o Bienes Personales.
Te ayudamos a recuperar la percepción sobre el dólar. Consultá ahora:
¿Qué otros impuestos se aplican sobre el dólar?
Además de la mencionada percepción, los consumos en dólares están alcanzados por el impuesto a la compra de moneda extranjera, denominado impuesto PAIS.
¿Cuánto se paga de impuesto PAIS?
Se abona un 30% sobre el monto total de gastos realizados con tarjeta en el exterior y sobre la adquisición de dólar ahorro. Para el consumo de servicios digitales (plataformas de streaming), el impuesto PAIS es del 8%.
Recordemos que en este caso, al tratarse de un impuesto, no existe la posibilidad de utilizar el dinero como pago a cuenta de otros gravámenes.
En resumen, el dólar turista y el dólar tarjeta estarán alcanzados, desde julio de 2022, por la percepción del 45% y por el impuesto PAIS del 30%.
Cómo recuperar la percepción sobre el dólar tarjeta o turista
Aquellos contribuyentes alcanzados por el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, o bien los empleados en relación de dependencia que paguen Ganancias, podrán recuperar la percepción del 45% por consumos en moneda extranjera.
Los trabajadores autónomos o los inscriptos en Bienes Personales tendrán la posibilidad de ingresar la percepción al confeccionar las correspondientes declaraciones juradas. Todos los cargos aplicados sobre los consumos en dólares estarán registrados en el sistema de AFIP, por lo que se podrán importar de forma automática al momento de declarar el impuesto e informar las deducciones. 👉 Te recomendamos que te asesores con un contador público para este paso.
Los empleados bajo relación de dependencia alcanzados por Ganancias, en cambio, deberán cargar las percepciones sufridas en la herramienta “SIRADIG Trabajador”.
¿Puedo recuperar la percepción al dólar si no estoy inscripto en el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales?
Aquellos que no están alcanzados por el impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales (monotributistas o empleados que no pagan Ganancias) podrán pedir la devolución de la percepción del 45% (o anteriormente del 35%) a través de la web de AFIP.
Para realizar el trámite, es requisito contar con CUIT, Clave Fiscal y un CBU declarado en AFIP. Podés consultar el paso a paso en Cómo pedir la devolución de la percepción por compra de dólares.