Declaración jurada informativa de Ganancias 2022: quiénes deben presentarla

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Se actualizó el monto para presentar la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales de AFIP en 2022. Conocé los detalles en la nota.

¿Qué es la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales?

Se trata de una declaración jurada que tienen que presentar trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que hayan obtenido en el año ingresos y/o rentas superiores a $3.700.000. A través de la misma, informarán a AFIP datos acerca de su patrimonio.

Tiene carácter de informativa, por lo que no arrojará un impuesto a pagar (en oposición a las declaraciones juradas determinativas que sí establecen un monto a abonar). Para presentarla, los sujetos no necesitan estar inscriptos en tales impuestos.

Mediante las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales, las personas deben informar a AFIP el detalle de los bienes que poseen al 31 de diciembre de cada año, como así también la totalidad de ingresos, gastos, deducciones y retenciones efectuadas de Ganancias.

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Nuevos montos para las declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales

El pasado 7 de junio, AFIP anunció el nuevo tope para la presentación de la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales en 2022. El umbral de ingresos pasó de $2.500.000 a $3.700.000.

La modificación del monto ya se publicó de forma oficial en la Resolución General 5204/2022.

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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada informativa?

Deben presentar la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados que, tal como mencionamos anteriormente, sus ganancias brutas superen los $3.700.000 anuales.

Están alcanzados por esta normativa los ingresos generados por:

  • Trabajo en relación de dependencia.
  • Actividades como monotributista.
  • Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales.
  • Jubilaciones, pensiones o retiros.
  • Servicios prestados por los socios de las cooperativas de trabajo.
  • Seguros de retiro privados controlados por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
  • Actores que reciben ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
  • Dividendos.
  • Ingresos generados por la inversión de capital en valores.
  • Intereses.
  • Ingresos exentas, no alcanzadas o no computables en Ganancias.

Cuándo debe presentarse la DDJJ informativa de Ganancias y Bienes Personales

La presentación de la declaración jurada de carácter informativo podrá realizarse hasta el día 30 de junio de 2022, inclusive.

Para presentarla, se deberá ingresar con CUIT y Clave Fiscal al portal de “Bienes Personales Web” y “Ganancias Personas Humanas” de la web de AFIP.

En ambos casos, la declaración jurada no deberá determinar un saldo a pagar.

Mínimo no imponible para Ganancias y Bienes Personales 2022

No debemos confundir el término “mínino no imponible” con los montos a partir de los cuales una persona tiene que generar las declaraciones juradas informativas de Ganancias o Bienes Personales.

El mínimo no imponible es el valor a partir del cual un trabajador en relación de dependencia estará alcanzado por Ganancias. En este caso, su empleador deberá realizarle las correspondientes retenciones del impuesto.

Desde junio de 2022, este piso ascendió a $280.792 mensuales brutos. Para más información consultá las escalas de Ganancias en 2022.

Lo mismo sucede con el impuesto sobre los Bienes Personales. Las personas que al 31 de diciembre de cada año posean bienes o ingresos superiores a $3.700.000 estarán obligados a realizar la declaración jurada informativa sin registrar una inscripción en el impuesto.

En cambio, aquellos sujetos que superen el mínimo no imponible de Bienes Personales, sí deberán darse de alta en el tributo, presentar la declaración jurada determinativa y abonar el correspondiente saldo. Para este año, aquellos que posean bienes con valuación superior a $6.000.000, estarán alcanzados por el impuesto. Para más detalles consultá Bienes Personales 2022.

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