Alta temprana de tus empleados

¡La realizamos en 24 hs!

Cómo hacer el alta temprana de un empleado en ARCA

Si vas a contratar personal, necesitás realizar el alta temprana en ARCA antes de que el empleado comience a trabajar. Te mostramos cómo hacerlo paso a paso y qué documentación necesitás.

Alta entre 1 a 3 días hábiles

Te guiamos en cada paso

Costo accesible y sin sorpresas

¡Siempre estarás asistido por profesionales!

Toda persona o empresa que incorpora empleados debe informar la relación laboral ante ARCA mediante el trámite de Alta Temprana. Este procedimiento es obligatorio y permite registrar formalmente al trabajador dentro del sistema de seguridad social. A continuación te explicamos cómo hacer el alta temprana, qué datos necesitás y cuáles son las obligaciones del empleador.

Alta temprana de tus empleados en ARCA

• Nos ocupamos de TODO el trámite por vos
• Acompañamiento durante el proceso

Enviá los datos del empleador.

Compartí la información del trabajador.

Verificamos el encuadre laboral.

Realizamos el alta temprana en ARCA.

Recibís la constancia y documentación correspondiente.

Si no estás conforme te devolvemos tu dinero

El trámite de alta de de tu empleado online a través de nuestro Estudio Contable Digital suele resolverse entre 1 a 3 días hábiles, y dependerá de la velocidad con la que recolectemos los datos necesarios. Recordá que tu trámite lo realizará uno de nuestros contadores matriculados, al cual siempre podrás consultarle todo lo que necesites.

¿Qué dicen nuestros clientes?

La satisfacción de nuestros clientes es nuestra mayor recompensa. Con más de 200 reviews y un puntaje sobresaliente en Google, las opiniones hablan por sí solas. Te invitamos a leer qué dicen quienes ya confiaron en nuestros servicios:

Preguntas frecuentes

Si estás pensando en contratar trabajadores para tu empresa o negocio, es obligación registrarlos en AFIP en tiempo y forma. Esto les permitirá tener aportes de jubilación, obra social, cobertura ante accidentes de trabajo y otros beneficios. Además, evitarás multas y sanciones por parte de AFIP, y actas de inspección del Ministerio de Trabajo.

El primer paso para registrar a tus trabajadores es darte de alta como empleador (Seguridad Social) en AFIP. Esta inscripción se realiza de forma web, y te habilita para tener personal a tu nombre. Luego, será necesario que declares a AFIP, una por una, las relaciones laborales que vas a poseer. Este trámite se conoce como Alta Temprana de los trabajadores.

CAT significa Clave de Alta Temprana. Tal como dijimos, es una constancia que tiene como objetivo establecer el inicio de una relación laboral. Es obligación emitir un Alta Temprana por cada trabajador que esté a tu cargo. En la misma, se incluirá toda la información vinculada a las condiciones laborales del empleado: fecha de inicio, puesto, modalidad de contrato, remuneración pactada, obra social, convenio, entre otros datos.

Desde Calim, nos encargamos de todo el proceso. Por tu parte, sólo necesitaremos los datos personales de tus empleados, y que nos comentes qué tareas van a desempeñar, desde qué fecha, y el salario acordado.

Para realizar el registro de los trabajadores, necesitás:

-Contar con CUIT y Clave Fiscal

-Estar dado de alta como empleador en AFIP  (en Calim, realizamos este trámite antes de efectuar las Altas Tempranas. ¡Consultános!)

Tramitar el Alta Temprana en AFIP es el paso inicial para tener a tu personal correctamente registrado. Luego, es imprescindible que realices las liquidaciones de sueldos, que declares en AFIP las cargas sociales correspondientes, y que emitas el pago de las mismas todos los meses.

Se trata de una declaración jurada obligatoria para aquellos que tengan registrados trabajadores a su nombre. Se realiza a través de la web de AFIP, con Clave Fiscal. En el 931, el empleador deberá informar los importes de los aportes y las contribuciones que deberá emitir por todos sus empleados (es decir, los descuentos sobre el sueldo bruto, y los pagos en concepto de jubilación, pensiones, Pami, obra social, entre otras cosas).

Recordá que con Calim, podés resolver de forma simple tus obligaciones como empleador. ¡Nos encargamos de todo!

Si contratás una persona para que preste servicios de limpieza, mantenimiento u otras tareas hogareñas, es necesario que la des de alta de forma correcta como trabajador o trabajadora del hogar.

AFIP cuenta con un régimen especial de Casas Particulares para registrar a empleada /o doméstica /o.  A través del mismo, los empleadores deberán informar datos obligatorios correspondientes a A.R.T, aguinaldo, jubilación, licencias, obra social y vacaciones de los trabajadores domésticos.

Una vez dado de alta el personal, el empleador está obligado a realizar, de forma mensual, el pago de aportes y contribuciones. El valor de los mismos, junto con las escalas de remuneración, son informados y actualizados por AFIP de forma periódica.

Desde Calim, realizamos el trámite para que puedas registrar de forma correcta a las personas que prestan servicios en tu hogar.

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