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AFIP anunció nuevas fechas para el vencimiento de Ganancias de sociedades del período fiscal 2021 que debía presentarse a mediados de mayo de 2022. Te contamos cuáles son los plazos actualizados, y quiénes deben cumplir con la obligación.

Quiénes deben presentar Ganancias de sociedades

Ganancias es un impuesto al ingreso. Es administrado y recaudado por AFIP, y rige de forma nacional. Es de carácter anual, y alcanza tanto a empresas, como a personas físicas y empleados bajo relación de dependencia.

Según el tipo de contribuyente, el impuesto a las Ganancias se divide en:

  • Ganancias Personas Físicas: se aplica a aquellos que desarrollan una actividad económica de manera individual.
  • Ganancias Personas Jurídicas: alcanza a sociedades (empresas conformadas por varias personas físicas).
  • Ganancias Cuarta Categoría: se aplica a empleados bajo relación de dependencia que superen determinados ingresos.

En esta oportunidad, la Administración Federal de Ingresos Públicos anunció una prórroga en los plazos para presentar el período fiscal 2021 de Ganancias de empresas, que vencía a mediados de mayo de 2022. Se incluyen en este beneficio todas aquellas sociedades, empresas unipersonales y fideicomisos que tengan la obligación de presentar balance comercial, y hayan realizado el cierre del ejercicio anual en diciembre de 2021.

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Nuevo vencimiento para Ganancias de sociedades 2021

A través de la Resolución General 5189/2022, AFIP extendió el plazo original para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para sociedades o empresas.

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Las nuevas fechas se establecieron los días 23, 24 y 26 de mayo de 2022. A su vez, el pago del impuesto deberá efectuarse el día hábil posterior a la presentación.

El nuevo calendario de vencimientos de Ganancias de sociedades 2021 queda de la siguiente manera:

CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3: la fecha de vencimiento de la presentación es el 23/05/2022. Se podrá realizar el pago de la obligación hasta el 24/05/2022.

CUIT terminadas en 4, 5 y 6: la fecha de vencimiento de la presentación es el 24/05/2022. Se podrá realizar el pago de la obligación hasta el 26/05/2022.

CUIT terminadas en 7, 8 y 9: la fecha de vencimiento de la presentación es el 26/05/2022. Se podrá realizar el pago de la obligación hasta el 27/05/2022.

Cómo liquidar Ganancias Personas Jurídicas

Este impuesto se determina a través de la aplicación de una alícuota establecida por AFIP sobre el excedente de las ganancias de una empresa o individuo. Entendemos por Ganancia a:

  • Ingresos provenientes de una fuente permanente, como por ej. un alquiler, o el salario de un trabajador bajo relación de dependencia que supera cierto monto.
  • Ingresos provenientes de sociedades comerciales.
  • Ingresos provenientes de la venta de muebles amortizables, acciones, bonos, entre otras cosas.
  • Ingresos provenientes de la venta de inmuebles.
  • Ingresos provenientes de intereses bancarios, por ej, un plazo fijo.

La liquidación del impuesto a las Ganancias es compleja, y requiere de la intervención de un contador público para evitar errores en la declaración jurada, y posteriores inconvenientes en AFIP.

Consultá esta nota para conocer más acerca de los impuestos que deben pagar las empresas en Argentina.

Aplicativo 2022 para presentar Ganancias de sociedades

Ganancias Personas Jurídicas aún no cuenta con la posibilidad de realizar la presentación de forma web (como sí sucede con Ganancias Personas Físicas). Por tal motivo, los contribuyentes deberán confeccionar la declaración jurada a través del sistema Siap, que se instala en una computadora.

En esta oportunidad, AFIP actualizó el aplicativo de Ganancias para Siap y le agregó nuevas opciones. La versión que deberán descargarse los usuarios desde la web de AFIP es “Ganancias personas jurídicas – versión 20.0“. En caso de haber realizado la liquidación con la versión anterior, será necesario volver a ingresar los datos en el nuevo aplicativo.

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