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¿Cómo saber si tengo un embargo de AFIP? Te lo contamos

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¿Cómo saber si tengo un embargo de AFIP? La falta de pago de los impuestos implica, siempre, un incumplimiento. Los mismos pasan por diferentes instancias de reclamo por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos, cada una de ellas con diferentes obligaciones para el contribuyente. 

Una de las últimas etapas del procedimiento fiscal es el embargo. Esto ocurre cuando la deuda se encuentra en instancia judicial. Te contamos qué hacer para saber si tenés un embargo de AFIP, y cómo proceder para resolverlo.

Cómo saber si tengo un embargo o juicio de AFIP

Cuando tu deuda no es cancelada en tiempo y forma, AFIP puede iniciarte lo que se conoce como “juicio de ejecución fiscal”. Esto significa que tus incumplimientos ya se encuentran en instancia judicial, y que un juzgado intervendrá en el proceso.

Si AFIP lo considera necesario, además de notificarte la existencia de la ejecución fiscal, podrá ordenar que se te apliquen medidas cautelares. Si los fondos de tus cuentas bancarias se encuentran inutilizados, ese será el primer indicio de que tenés un embargo judicial.

En líneas generales, AFIP notificará tu situación a tu domicilio, mediante el envío de una boleta de deuda. En la misma, se detallarán los conceptos y períodos que adeudás, el número de juicio y expediente, y los datos del abogado interviniente. 

En caso de no recibir una notificación, una forma de confirmar la existencia de deuda en estado judicial es ingresando con tu CUIT y Clave Fiscal a la web de AFIP. Desde el portal “Sistema de Cuentas Tributarias”, podrás visualizar tu deuda, y los intereses generados. Si los períodos adeudados poseen intereses punitorios, significará que AFIP inició un juicio.

Dejanos tus datos y te ayudamos a resolver tu deuda o juicio en AFIP:

Obligatorio Ingresá Nombre y Apellido separado por un espacio (ej. Carlos Perez)

Obligatorio Ingresá tu celular con código de área sin 15 ni 54 ni símbolos (ej. 1166665555)

El email debe ser válido

Etapas de ejecución fiscal de AFIP

Como ya dijimos, antes de ejecutar el embargo, AFIP te enviará diferentes avisos, correspondientes a las distintas etapas del procedimiento fiscal. Las notificaciones las podrás recibir en tu domicilio físico, o bien en el Domicilio Fiscal Electrónico de forma digital.

Si la deuda continúa impaga, AFIP podrá iniciar acciones desde 48 horas hasta 15 días después de haberte notificado (el tiempo dependerá del tipo de deuda). En esta instancia, recibirás la boleta de deuda que indica el inicio del juicio.

Una vez puesto en marcha el juicio de ejecución fiscal, AFIP podrá solicitar a la justicia, en cualquiera de las etapas, el embargo sobre los fondos del contribuyente. Una traba de embargo puede implicar la retención del dinero en las cuentas bancarias, o bien la inhibición de bienes, como por ejemplo automotores.

Cómo levantar un embargo de AFIP

Tus fondos embargados se liberarán solamente si cancelás la deuda en instancia judicial. Para resolverlo, es indispensable que te asesores con tu estudio contable de confianza, ya que se trata de un trámite un tanto complejo.

Hay distintas formas de abonar una deuda en juicio: podrás hacerlo al contado, a través de un volante electrónico de pago (VEP), o bien adherirte a una moratoria de AFIP, con la cual podrás obtener descuentos y facilidades de pago.

El embargo se solucionará cuando:

  • Abones la totalidad de tu deuda al contado, con los correspondientes intereses, como así también los honorarios del abogado interviniente (para ello, deberás comunicarte con el mismo e informar que ya cancelaste el monto adeudado).
  • Te adhieras a una moratoria en la cual se deberán incluir todos los períodos en deuda judicial. La misma deberá ser aprobada previamente por AFIP. Luego tendrás que abonar los honorarios del agente fiscal. Tené en cuenta que esta opción soluciona únicamente los embargos bancarios. Para el resto de las trabas, como por ejemplo automotores o inmuebles, deberás cancelar la totalidad de la deuda.

¡Podemos ayudarte a solucionar tu deuda judicial en AFIP!

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