Vacaciones según la Ley de Contrato de Trabajo: te contamos en qué período se toman, cómo se calculan y cómo se pagan según las características de cada empleado.
Qué dice la Ley de Contrato de Trabajo respecto a las vacaciones
Todo trabajador en relación de dependencia tiene derecho a un período de descanso anual remunerado. Las características de las vacaciones son distintas según la situación de cada colaborador dentro de la empresa. La LCT detalla cada una de estas particularidades, que deben tenerse en cuenta al momento de realizar la liquidación de sueldos.
Cuántos días de vacaciones tienen los empleados en Argentina
La cantidad de días de vacaciones que tiene un empleado se calcula de acuerdo a la antigüedad del mismo en la compañía. Según el artículo 150 de la Ley de Contrato de Trabajo, aquellos colaboradores con antigüedad mayor a 6 meses podrán gozar de los siguientes días de descanso:
- Empleados con antigüedad mayor a 6 meses y hasta 5 años: tendrán 14 días corridos de vacaciones.
- Empleados con antigüedad mayor a 5 años y hasta 10 años: tendrán 21 días corridos de vacaciones.
- Empleados con antigüedad mayor a 10 años y hasta 20 años: tendrán 28 días corridos de vacaciones.
- Empleados con antigüedad mayor a 20 años: tendrán 35 días corridos de vacaciones.
Aquellos que hayan trabajado menos de 6 meses, tendrán 1 día de vacaciones por cada 20 días trabajados.
¿Cuándo es el período vacacional?
Según la LCT, los empleadores deben otorgar los días de vacaciones a los colaboradores entre el 1 de octubre y el 30 de abril, notificándolos con un mínimo de 45 días de antelación.
Existen casos en los que las vacaciones pueden darse fuera del período mencionado:
- Cuando, de acuerdo a la actividad de la empresa, el empleador así lo requiera.
- Cuando se acumula a la licencia por matrimonio.
- Cuando el empleador no otorgó los días de descanso. En este caso, el colaborador podrá tomárselos por su cuenta, debiendo concluir antes del 31 de mayo.
¿Cómo se pagan las vacaciones de acuerdo a la LCT?
Para que los empleados dispongan del dinero antes del período vacacional, el empleador está obligado a pagar las vacaciones por anticipado. En este caso, el pago se descontará del siguiente sueldo.
Además, los empleados tendrán derecho a recibir un plus vacacional establecido por la LCT, que luego deberá figurar en la liquidación de sueldos de ese período.
¿Cómo Liquidar el Plus vacacional?
- Para empleados que cobran por mes, se deberá dividir el sueldo bruto actual por 25 y luego multiplicar ese resultado por la cantidad de días de vacaciones.
- En cambio, para aquellos que cobran por día, por hora o por semana, la empresa deberá pagarle, por cada día de vacaciones, un equivalente al último sueldo percibido en una jornada antes de empezar el período vacacional.
Vacaciones no gozadas en Liquidación Final
Si un colaborador finaliza su relación laboral sin haberse tomado todos los días de vacaciones, tendrá derecho a recibir el pago proporcional. Para liquidar las vacaciones no gozadas, se deberá calcular el monto proporcional a pagar de acuerdo a los días trabajados en el año, tomando en cuenta el valor del día de vacaciones. Luego, se deberá calcular el SAC sobre el monto de las vacaciones no gozadas. Es importante tener en cuenta que, al tratarse de un concepto indemnizatorio, no se deben realizar aportes ni contribuciones sobre las vacaciones no gozadas.
👉 Resolvé la liquidación de sueldos con Calim
Calim – Estudio Contable e Impositivo cuenta con un servicio completo de liquidación de sueldos 100% online pensado para empresas y estudios contables.
Nuestro plan incluye:
- Liquidación de sueldos y jornales.
- Libro de sueldos digital (con configuración inicial de parámetros).
- Formulario 931.
- Actualización de escalas salariales según convenio.
- Altas y bajas de empleados
- Emisión de boletas sindicales
- Liquidación de salario por despido
- Liquidación final por renuncia
- Entrega de recibos de sueldo a través de la app.
- Soporte Contable permanente vía WhatsApp.