Régimen de retenciones SIRCUPA para billeteras virtuales: a partir del 1 de octubre, aquellos que reciban cobros de manera virtual estarán alcanzados por estos descuentos. Por el momento, la normativa se implementó sólo en las provincias adheridas. Te contamos todos los detalles.
Qué es SIRCUPA, el nuevo régimen de retenciones de Ingresos Brutos
SIRCUPA es el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago. Se trata de un nuevo régimen de retenciones de Ingresos Brutos creado por la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral que se aplica sobre los importes acreditados en billeteras o bancos virtuales.
Recordemos que, actualmente, existen otros sistemas de retenciones de Ingresos Brutos como lo son SIRTAC y SIRCREB. Mientras que el primero se aplica a las operaciones electrónicas realizadas con tarjetas de crédito, el segundo afecta a las acreditaciones que reciben los contribuyentes en sus cuentas bancarias.
SIRCUPA, en cambio, es un régimen creado exclusivamente para las transferencias de terceros e ingresos de dinero realizados mediante billeteras virtuales.
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Quiénes están alcanzados por las retenciones SIRCUPA
Las nuevas retenciones se aplicarán sobre el dinero de aquellos usuarios que comercialicen bienes o servicios y cobren a través de billeteras virtuales o plataformas digitales, como Mercado Pago, Ualá o Modo. Tendrán retenciones SIRCUPA siempre que estén inscriptos en Ingresos Brutos de las provincias adheridas, o bien en Convenio Multilateral.
Conocé más acerca de Retenciones de Ingresos Brutos.
Hasta el momento, las jurisdicciones adheridas a SIRCUPA son:
- Córdoba
- Formosa
- Mendoza
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego.
- San Juan (a partir de noviembre)
- Jujuy (a partir de diciembre)
La mejor manera de consultar si te aplicarán (o no) estas retenciones es a través del Padrón de SIRCREB/SIRCUPA. Para hacerlo, ingresá tu CUIT y un período a consultar (tené en cuenta que esta nueva normativa rige desde el 1 de octubre de 2022)
El sistema mostrará un tilde en verde en caso de que pertenezcas al padrón. Si así lo fuese, te aplicarán retenciones en tu billetera virtual. Caso contrario, visualizarás una cruz roja.
¿Cuál es la alícuota de retención sobre las billeteras virtuales?
La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral actualiza y publica mensualmente el padrón de alícuotas aplicable a cada contribuyente. El mismo se puede consultar de manera online desde la web de Comarb.
Las alícuotas de retenciones SIRCUPA van desde el 0,01% hasta el 5% según el tipo de contribuyente y su situación fiscal.
¿Se puede recuperar el dinero retenido por las billeteras virtuales?
Sí. Recordemos que las retenciones son un cobro o descuento de dinero que se realiza sobre las operaciones comerciales en concepto de impuestos. Son una suerte de pago por adelantado de un impuesto que un contribuyente está obligado a pagar más adelante (en este caso, Ingresos Brutos).
Las retenciones pueden ser de carácter nacional como las de AFIP, o provinciales como las de SIRCUPA. En todos los casos, se aplican a través de los denominados “Agentes de Retención”. Estos son, por lo general, grandes contribuyentes que son seleccionados por los organismos de recaudación y a quienes se les otorga la función de cobrar este dinero. En este caso, los agentes de retención son las billeteras virtuales.
Importante: si vendés productos o servicios y cobrás a través de billeteras virtuales, pero no estás inscripto en los impuestos correspondientes, se te aplicarán distintas retenciones sobre el dinero que te ingresa. Sin embargo, no tendrás la posibilidad de utilizarlo a favor para el pago de tus impuestos.
👉Lo recomendable es, siempre, que te des de alta en AFIP e Ingresos Brutos para no gastar dinero de más y tener tus ingresos correctamente declarados.