Beneficios AFIP para contribuyentes cumplidores: te contamos cuáles son. El pasado 10 de noviembre se publicó en el boletín oficial la reglamentación de los beneficios que AFIP otorgará a aquellos contribuyentes considerados cumplidores. Aplica tanto para monotributistas como para autónomos. Te explicamos cuáles son los requisitos para acceder a estos beneficios, y qué hacer para solicitarlos.
¿De qué trata el paquete de beneficios de AFIP para los contribuyentes cumplidores?
Los beneficios para monotributistas y autónomos cumplidores que se reglamentó bajo la Resolución General Nº 4855 se encuentran en el marco de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que tiene como objetivo disminuir el impacto económico consecuencia de la pandemia por Covid-19. En este contexto, desde AFIP determinaron, reiteradas veces, la prórroga de la Moratoria 2020 cuya fecha de finalización original era el 30 de abril. Actualmente, se puede acceder al plan de facilidades hasta el 30 de noviembre. Para conocer en detalle las características y beneficios de la Moratoria, te recomendamos esta nota.
La noticia es que la extensión de la Moratoria 2020 incluye, además, un paquete de beneficios para monotributistas y micro y pequeñas empresas. La principal condición para aplicar a los mismos es no poseer, al 26/08/2020, declaraciones juradas vencidas sin presentar, ni períodos adeudados a partir del 01/01/2017. Habrá tiempo de efectuar la solicitud de los beneficios hasta el 30 de noviembre de 2020.
Dejanos tus datos y te ayudamos a tramitar tus beneficios en AFIP:
¿Quiénes pueden aprovechar los beneficios de los contribuyentes cumplidores de AFIP?
Los beneficios para los contribuyentes considerados cumplidores que trajo la Moratoria AFIP 2020 varían de acuerdo al tipo de sujeto.
Personas físicas y sucesiones indivisas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias:
Podrán solicitar una deducción especial para Ganancias período 2020 que será de un 50% del mínimo no imponible. Esto se traducirá en una disminución del impuesto a pagar. Están exceptuados de este beneficio aquellos que ocupen cargos públicos, trabajadores en relación de dependencia, y jubilados.
Para micro y pequeñas empresas inscriptas en el impuesto a las Ganancias:
Podrán realizar amortizaciones aceleradas por inversiones hechas desde el 26/8/2020 hasta el 31/12/2021 en bienes muebles y obras de infraestructura.
Beneficios de AFIP para Monotributistas cumplidores
Personas inscriptas en el Monotributo estarán exentos de pagar el componente impositivo de varias cuotas del Monotributo, con un tope de $17.500. Este beneficio varía de acuerdo a la categoría en la que se encuentren inscriptos:
- Monotributistas categorías A y B: estarán eximidos de pagar el componente impositivo de los períodos enero de 2021 a junio de 2021.
- Monotributistas categorías C y D: estarán eximidos de pagar el componente impositivo de los períodos enero de 2021 a mayo de 2021.
- Monotributistas categorías E y F: estarán eximidos de pagar el componente impositivo de los períodos enero de 2021 a abril de 2021.
- Monotributistas categorías G y H: estarán eximidos de pagar el componente impositivo de los períodos enero de 2021 a marzo de 2021.
- Monotributistas categorías I, J y K: estarán eximidos de pagar el componente impositivo de los períodos enero de 2021 a febrero de 2021.
¿Cómo accedo a los beneficios?
Podrás solicitar la adhesión a los beneficios para contribuyentes cumplidores hasta el 30/11/2020. Para ello, deberás asegurarte de contar con todas tus declaraciones juradas al día, y no poseer deuda tributaria desde el 1 de enero de 2017 hasta el 27 de agosto de 2020. Además, deberás estar adherido al Domicilio Fiscal Electrónico, tener actualizado el código de la actividad que desarrollás, y no poseer la CUIT inactiva. La solicitud del beneficio se hace a través de la herramienta Sistema Registral de AFIP.