AFIP: suspensión de las exclusiones de oficio de Monotributo hasta diciembre

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AFIP volvió a prorrogar la suspensión de las exclusiones de oficio de Monotributo. La medida se viene extendiendo a lo largo de la pandemia. En esta oportunidad, desde el organismo anunciaron que no habrá bajas de Monotributo hasta el 1 de diciembre de 2021. Conocé los detalles.

Se prorrogan las exclusiones de oficio de Monotributo hasta diciembre

La Administración Federal de Ingresos Públicos tomó la decisión de continuar con la suspensión temporal de las exclusiones de oficio del Monotributo. Esta vez, la medida regirá hasta el 1 de diciembre de 2021. Esto significa que no se aplicará el procedimiento a través del cual AFIP detecta, de manera sistemática, las inconsistencias en los contribuyentes adheridos al régimen de Monotributo.

El organismo sostiene esta determinación desde comienzos de la pandemia, con el objetivo de aliviar la crisis económica de los trabajadores independientes. Luego, en el contexto del debate de la Ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, se decidió prorrogar nuevamente el beneficio, hasta tanto se aprobasen las distintas modificaciones en el Régimen Simplificado (eliminar la retroactividad a enero pasado del aumento de la cuota de Monotributo, como principal medida).

Cuando hablamos de exclusiones de oficio, nos referimos al momento en el cual AFIP, a través de controles sistemáticos, detecta que un monotributista ya no puede continuar facturando como tal, porque no cumple con uno o varios de los parámetros establecidos por el Monotributo. Al identificar estas inconsistencias, la Administración Federal de Ingresos Públicos realiza una baja automática en dicho impuesto, y el contribuyente pasa a ser Responsable Inscripto.

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También están suspendidas las bajas automáticas por falta de pago de Monotributo

A través de la Resolución General Nº 5056, AFIP también anunció que hasta el 1 de diciembre de 2021, también estarán suspendidas las bajas automáticas de Monotributo por falta de pago. Esto implica que ningún monotributista podrá ser dado de baja por deber las cuotas mensuales de agosto, septiembre, octubre y noviembre 2021.

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¿Cuál es la diferencia con las exclusiones de oficio? En este caso, el motivo de exclusión no es el incumplimiento de los requisitos del Monotributo, sino la acumulación de deuda. En condiciones normales, AFIP establecía una baja automática del Régimen Simplificado a los contribuyentes que registrasen impagas más de 10 cuotas del impuesto. Para reingresar al Monotributo, es obligatorio regularizar la deuda de forma previa (conocé acá los beneficios de la Moratoria de Monotributo 2021).

Como ya dijimos, tanto las exclusiones de oficio como las bajas automáticas no podrán ser llevadas a cabo hasta el 1 de diciembre.

Causales de la exclusión de oficio del Monotributo

Tal como mencionamos anteriormente, la exclusión de oficio se produce cuando AFIP detecta que un contribuyente no cumple con la normativa del Monotributo. Las principales causas por las cuales una persona debe migrar al régimen de Responsables Inscriptos son las siguientes:

  • Sus ingresos brutos superan lo permitido por la categoría máxima.
  • El precio máximo unitario de venta es mayor a lo establecido por el Monotributo.
  • Realiza gastos personales por un valor superior a los límites de su categoría.
  • El importe del alquiler del local comercial, o la superficie del mismo, superan el tope de la categoría máxima.
  • Posee movimientos bancarios de importes superiores a los ingresos brutos admitidos.
  • Realiza más de 3 actividades a la vez.
  • Cuenta con más de 3 unidades de explotación (locales).
  • Importa bienes o servicios.
  • Realiza ventas sin facturar.
  • Presta servicios pero se inscribió en Monotributo como venta de bienes.

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