Retenciones de IVA: te contamos qué son y cómo funcionan estos descuentos que aplica AFIP sobre determinadas operaciones, y cómo hacer para recuperar esos importes.
Cómo funciona el régimen de Retenciones de IVA
Si vendés algún bien o servicio, y sos IVA Responsable Inscripto (o no estás registrado en AFIP pero deberías estarlo), es posible que al momento de cobrar determinadas facturas o de que te ingrese dinero, se te realicen descuentos en concepto de retenciones de IVA. Esto sucede si tu cliente actúa como agente de retención de AFIP.
Estas retenciones funcionan como un pago a AFIP por adelantado, del Impuesto al Valor Agregado. De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos se asegura determinado porcentaje de recaudación.
Si estás correctamente registrado en IVA, las retenciones no te implicarán un gasto, ya que podrás tomarlas como dinero a favor al momento de presentar la declaración jurada y pagar el impuesto. El inconveniente es en el caso de no estar inscripto en AFIP. A lo largo de esta nota te explicaremos cómo resolver esta cuestión.
¿Tenés retenciones de IVA en tus ventas? Dejanos tus datos y te asesoramos:
¿Quiénes tendrán retenciones de IVA?
Las retenciones y percepciones impositivas se aplican tanto en los sujetos registrados en impuestos, como en los NO inscriptos.
Tendrán retenciones de IVA aquellos que estén inscriptos en AFIP como Responsables Inscriptos, y también los que no se encuentren dados de alta en AFIP, pero realicen movimientos comerciales o económicos de forma habitual.
Las retenciones de IVA en las operaciones comerciales sólo se darán en el caso de que tu cliente o entidad involucrada sea agente de retención.
Aquellos que no estén registrados en AFIP, tendrán retenciones de IVA a porcentajes más elevados. Por ejemplo, los vendedores de plataformas de comercio online o de billeteras virtuales que no se encuentren dados de alta en los impuestos, comenzarán a tener retenciones de IVA sobre su dinero cuando superen las 10 ventas, y alcancen una facturación de $50.000. El porcentaje de retención de IVA en ese caso, será de 10,5%. En cambio, para los sujetos inscriptos en IVA, la alícuota de retención rondará entre un 0,5% y un 3%, según el medio de pago y el tipo de contribuyente.
Los monotributistas, en cambio, están exentos de las retenciones de IVA. Por lo tanto, si aún no te registraste en AFIP, y tu actividad y facturación cuadran con las condiciones del Monotributo, al darte de alta en AFIP te dejarán de aplicar esos descuentos.
¿Quiénes son agentes de retención de IVA?
Comúnmente, los agentes de retención de IVA son los grandes contribuyentes, de rubros diversos. Te mostramos algunos de los más habituales:
- Empresas de servicios de telefonía, cable e internet.
- Empresas de servicios públicos de agua, gas y electricidad.
- Bancos
- Aseguradoras
- Grandes empresas alimenticias
- Plataformas de comercio online
- Billeteras virtuales
- Grandes empresas de la construcción
- Farmacéuticas
(Podés consultar aquí la lista completa de agentes de retención de IVA)
A modo de ejemplo: si sos Responsable Inscripto y registrás ingresos de dinero en tu cuenta bancaria, tu banco podrá retenerte en concepto de IVA. De igual manera, si no estás inscripto en AFIP, y vendés en alguna plataforma de comercio online de manera habitual, (Mercado Pago, Mercado Libre), la empresa te aplicará retenciones de IVA en nombre de AFIP.
Cómo recuperar el dinero de las retenciones de IVA
Si sos Responsable Inscripto, podrás tomar el dinero de las retenciones a cuenta al momento de realizar la declaración jurada de IVA. Siempre es recomendable que dejes estas cuestiones en manos de un profesional contable. Los importes retenidos estarán registrados de forma electrónica en el sistema de AFIP, por lo cual se podrán cargar de manera automática. Luego, se descontarán del saldo total a pagar.
Si no estás inscripto, no tendrás forma de tomar las retenciones como un pago a cuenta. Te recomendamos, siempre, que te des de alta en AFIP para que esos descuentos no te resulten un gasto.