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Formulario 1357 de AFIP para empleadores: conocé quiénes tienen obligación de presentarlo, fechas de vencimiento para 2023, y cómo se realiza este trámite.

¿Qué es el Formulario 1357 de AFIP para empleadores?

El Formulario 1357 es una obligación de AFIP vinculada a la liquidación del Impuesto a las Ganancias de 4ta. Categoría. A través de la misma, el empleador informa los importes retenidos a lo largo del año, y en conjunto con las deducciones que el empleado cargó en SiRADIG, se determina el impuesto correspondiente. En caso de que el mismo arroje saldo a favor del trabajador, se le otorgará la devolución en el recibo de sueldo siguiente.

Deben cumplir con la presentación del Formulario 1357 todos los empleadores que actúen como agentes de retención de Ganancias. Es decir, aquellos cuyos trabajadores estén alcanzados por este impuesto. 

En caso de que un trabajador se encuentre registrado en más de un empleo, el empleador designado para efectuar la retención de Ganancias será el que se encuentre obligado a realizar la presentación.

El Formulario 1357 se lleva a cabo de forma anual, y comprende la liquidación del período fiscal al 31 de diciembre del año que se está presentando. Se debe realizar una presentación por cada trabajador. En caso de cese de la relación laboral, el empleador deberá presentar un Formulario 1357 especial por liquidación final, con fecha límite hasta 5 días hábiles luego de efectuada la misma.

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Cómo realizar la liquidación y presentación del Formulario 1357

Actualmente, el Formulario 1357 cuenta con una modalidad de presentación digital a través de la web de AFIP. El empleador debe realizarla de la siguiente manera:

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-En primer lugar, se debe confeccionar un archivo .TXT que contenga todos los datos acerca de la liquidación de los empleados (remuneración, horas extra, SAC, retribuciones, aportes, etc.). Este archivo puede realizarse a través de una planilla de Excel, o de una plataforma de gestión que cuente con esta opción. En el siguiente enlace, AFIP informa los parámetros específicos que debe contener el .TXT para ser recepcionado de forma correcta.

-Luego, el empleador debe Ingresar a AFIP con CUIT y Clave Fiscal, y dirigirse a la herramienta “Presentación de DDJJ y Pagos”. Allí podrá enviar el archivo a través de “Transferencia electrónica de datos”.

-Desde la herramienta “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador”, se pueden importar los datos del .TXT enviado. Los mismos quedarán a disposición del empleado para su visualización.

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Vencimiento 2023 del Formulario 1357 y otras consideraciones

El Formulario 1357 puede presentarse hasta el último día hábil de abril del año siguiente al período fiscal que se está liquidando.

Recordemos que la presentación en formato .TXT es obligatoria para los siguientes casos:

  • Si el empleado está obligado a presentar declaraciones juradas patrimoniales informativas de Ganancias y Bienes Personales porque su remuneración bruta es mayor a $ 2.500.000.
  • Si al trabajador no le realizaron la retención total del impuesto sobre los salarios abonados.

Para los empleados no comprendidos en estas dos situaciones, el empleador puede hacer entrega del Formulario 1357 en formato papel, siempre que se consideren los parámetros obligatorios de AFIP.

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Comentarios

  1. Camila

    Buenas tardes,

    Como se hace para anular una presentacion de f1357?

    Gracias!

  2. Antonio

    Se elevo a $ 6.600.00.-, Resolución General N° 5349/2023

  3. Cali.

    Hola buen día, entonces con la última modificación corresponde la presentación del f1357 en txt a sueldos mayores a $6.600.000-? o que no se le haya retenido la totalidad.
    Por importes menores se les puede otorgar en formato papel.
    Es correcto?

  4. Anibal suarez

    buenos dias , ingresando al siradig note que la ultima vez que se cargo el 1357 fue el del periodo 2018.
    Mi consulta es si deberia estar cargado lo de los demas años 2019/2020/2021/2022.

    Gracias

  5. Martin

    Buenos dias, podrian informar cual es el monto minimo para presentar el F1357?? sigue siendo de $ 2.500.000,00
    Muchas gracias

  6. Liliana Fernandez

    Hola, cómo están? Considero que el importe para presentar DDJJ Bienes es de $ 3,700,000 por RG 5204/2022 del 7/6/2022
    Es así?
    Gracias
    Liliana

  7. virginia

    hola! yo llene el formulario 1357 pero no me retienen ganancias. Ahora quiero llenas el de devoluciones (746) para que me devuelvan las retenciones de los gastos de tarjeta y no me deja. Saben como puedo hacer? gracias!

  8. Matias

    Hola, como estan?
    El monto sigue siendo de 2.500.000 este año? Practicamente entrarian todos, no?

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