cuarentena afip suspende embargos

Por la cuarentena, AFIP suspende embargos y ejecuciones fiscales hasta el 30 de septiembre. Esta medida ya se encontraba vigente desde comienzos de la pandemia, y desde la Administración Federal de Ingresos Públicos anunciaron hoy que se prorrogará esta suspensión hasta finales de septiembre. El objetivo es aliviar el impacto negativo que el aislamiento generó en los contribuyentes.

AFIP suspende embargos y ejecuciones fiscales durante la cuarentena

Desde comienzos del aislamiento obligatorio, AFIP puso en marcha una serie de medidas que tienen como objetivo minimizar el impacto económico que la pandemia provocó en los contribuyentes, en especial en las pequeñas y medianas empresas. Este 31 de agosto vencía el plazo que establecía la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales sobre las pymes, pero desde el organismo anunciaron la extensión de la medida durante todo el mes de septiembre. El comunicado ya fue publicado en el Boletín Oficial bajo la Resolución General Nº 4.806.

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deben encuadrarse en la categoría de pyme, y contar con el certificado MiPyme vigente. Se estima que esta medida beneficiará, aproximadamente, a un millón de empresas.

Embargos y ejecuciones fiscales: cómo funcionan

Cuando un contribuyente presenta falta de pago de algún impuesto, AFIP lo notificará antes de iniciar un proceso judicial. Sin embargo, cuando esta deuda no se resuelve, la Administración Federal de Ingresos Públicos iniciará un juicio de ejecución fiscal. Esto significa que comenzará un proceso judicial, con un abogado interviniente, con el objetivo de que el contribuyente cancele la deuda. Cuando se inicia una ejecución fiscal por parte de AFIP, la deuda se verá incrementada por los intereses punitorios que comenzarán a regir desde el inicio del proceso. 

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Ante la no resolución de la deuda reclamada, una de las últimas etapas del proceso judicial es el embargo. Las cuentas bancarias del contribuyente permanecerán embargadas hasta que se cancele la deuda al contado, o bien se adhiera a un plan de facilidades.

A través de la medida anunciada por AFIP, se encuentra anulada hasta fines de septiembre la acción de iniciar cualquier proceso de ejecución fiscal, o de imponer una traba de embargo en juicios iniciados con anterioridad. Esta determinación aplica solamente a aquellos que posean certificado MiPyme vigente.

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Otras medidas de AFIP en cuarentena

En el marco de medidas para aliviar el impacto económico de la cuarentena en los contribuyentes, AFIP también determinó:

  • Suspender la baja de oficio de los monotributistas: antes del aislamiento, cualquier monotributista que presente falta de pago de la cuota de monotributo durante más de 10 meses, AFIP procedía a darle la baja del régimen de manera automática. Lo mismo ocurre si se exceden de la facturación permitida por la categoría más alta de Monotributo. Estas exclusiones automáticas de Monotributo se encuentran suspendidas durante todo el aislamiento obligatorio. La vigencia de la medida se prorrogó reiteradas veces, y se estima que sigan haciéndolo.
  • Ampliación y extensión de la Moratoria AFIP: a partir de ahora, se podrá incluir deuda hasta el 31 de julio de 2020 (cuando antes se permitía deuda vencida al 30 de noviembre de 2019), y habrá tiempo de adherirse al plan hasta el 31 de octubre. Se amplió, también, el tipo de sujeto que puede adherirse: además de pequeñas y medianas empresas, los grandes empresarios también tendrán acceso a regularizar sus deudas con este plan de facilidades.
¿Embargo en AFIP?

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