Las sociedades ya pueden tramitar el CUIT online. AFIP habilitó la posibilidad de tramitar de forma 100% digital el CUIT de las personas jurídicas o sociedades. Esta función, que ya existía pero sólo para las personas físicas, resulta un avance para los contribuyentes debido a que no necesitarán concurrir a una dependencia para iniciar sus actividades económicas.
AFIP: Ya se encuentra habilitado el CUIT online de sociedades
Hace varios meses que desde la Administración Federal de Ingresos Públicos se estableció la posibilidad de realizar, de forma digital, el trámite de registro del CUIT de las personas físicas (cuando hablamos de personas físicas nos referimos a sujetos individuales). Esto fue de gran ayuda durante el contexto de cuarentena, debido a que las dependencias se encontraban cerradas y los contribuyentes necesitaban tramitar sus inscripciones.
Sin embargo, la medida no alcanzaba a personas jurídicas o sociedades. Esto se debía, en gran parte, a que este trámite requería presentar más documentación que los CUIT de personas físicas. Para solucionar este problema, muchos contribuyentes tramitaban el registro de su sociedad a través de la opción “Presentaciones digitales”. Pero no siempre resultaba efectivo, ya que esta función no fue creada para dicho fin de forma específica, y los registros terminaban siendo rechazados.
El reciente anuncio de AFIP establece una solución para esta cuestión. Desde el lunes 07 de septiembre, se puede tramitar el CUIT de sociedades de forma online, como así también gestionar modificaciones de datos. La opción se llama “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”, y se accede a través de Presentaciones Digitales. Te explicamos cómo hacer el trámite. Deberás contar con Clave Fiscal.
Dejanos tus datos y te ayudamos a dar de alta el CUIT de tu sociedad:
Paso a paso: cómo tramitar CUIT de personas jurídicas
El trámite digital lo puede realizar un representante de la sociedad, en caso de que en su jurisdicción las agencia de AFIP aún no se encuentren abiertas.
- En primer lugar, se deberá digitalizar toda la documentación necesaria para registrar una persona jurídica. Deberá estar firmada por los representantes, y certificada por escribano público a través de la firma digital.
- Luego, el representante deberá realizar una solicitud de inscripción a través del aplicativo “Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas” de AFIP. Obtendrá el formulario 420/J, el cual deberá presentar en “Presentación de DDJJ y Pagos”. El trámite se aceptará en unos días, y será notificado al domicilio fiscal electrónico. Deberá guardar esta aceptación de trámite para presentarla en el paso que sigue a continuación.
- Una vez realizada esta primer etapa, deberá ingresar a Presentaciones Digitales, opción “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”. Mediante esta herramienta, se deberá adjuntar toda la documentación necesaria para la inscripción del CUIT:
- Formulario 420/J
- Acuse de recibo obtenido desde Presentación de DDJJ y Pagos
- Constancia de aceptación de trámite
A su vez, deberá cargar la documentación personal, certificada por escribano a través de una firma digital:
- Fotocopia del estatuto o contrato social.
- De corresponder, acta del órgano máximo de la sociedad donde se fije el domicilio legal.
- Dos constancias que acrediten el domicilio fiscal declarado (certificado de domicilio, factura de un servicio público, título de propiedad, contrato de alquiler, etc.)
- Fotocopia del documento de identidad de los socios con mayor participación.
Luego de realizar la presentación, AFIP podrá, si lo considera necesario, solicitar a los contribuyentes alguna documentación extra para finalizar el trámite del registro del CUIT. Este requerimiento será enviado a través del domicilio fiscal electrónico del representante de la sociedad.