Domicilio Fiscal: Intimación DJ Informativa

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Uno de los mensajes más frecuentes en el domicilio fiscal electrónico es “Intimación DJ Informativa”. Te contamos en detalle de qué se trata, y qué tenés que hacer cuando recibís una notificación de AFIP con este mensaje.

Qué significa Intimación DJ Informativa en el Domicilio Fiscal de AFIP

El domicilio fiscal electrónico es un servicio de AFIP a través del cual el organismo envía mensajes a los contribuyentes. Al momento de darse de alta en los impuestos, AFIP obliga a realizar, también, el alta en el domicilio fiscal. Es decir, que todos los contribuyentes deberán proporcionar un mail y un teléfono válidos, que serán la vía de comunicación con AFIP. Cuando tengas un mensaje sin leer, te llegará un aviso al mail. Luego deberás ingresar con tu CUIT y tu Clave Fiscal a la opción Domicilio Fiscal Electrónico. Allí podrás visualizar el mensaje. Las notificaciones más comunes se vinculan a falta de pago de los impuestos, declaraciones juradas no presentadas, y empleados no registrados. En este caso, te explicamos qué hacer cuando recibís el mensaje Intimación DJ Informativa.

¿Recibiste una Intimación DJ Informativa? Dejanos tus datos y te ayudamos a resolverla.

¿Qué es una DJ Informativa?

Una DJ informativa es una declaración jurada que pertenece al Régimen de información de compras y ventas de AFIP. A través del mismo, los contribuyentes deben informar sus operaciones comerciales.

¿Quiénes están obligados a presentar esta DJ Informativa? Los Responsables Inscriptos que cumplan con estas condiciones:

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  • Hayan sido notificados por AFIP para cumplir con este régimen informativo
  • Facturen de forma electrónica
  • Se hayan dado de alta en IVA desde el 1 de enero de 2014, o fecha posterior.
  • No deberán presentar declaraciones juradas en este régimen de información aquellas personas que, según AFIP, estén obligados a confeccionar el Libro de IVA digital.

¿Qué debo hacer al recibir esta intimación en el Domicilio Fiscal?

Si recibís un mensaje en el domicilio fiscal electrónico a través del cual AFIP te informa que no estás al día con las declaraciones juradas del régimen informativo deberás, en primer lugar, conocer qué períodos registran falta de presentación. Esa información podés encontrarla en la tabla que se muestra al final del mensaje enviado por AFIP a tu domicilio fiscal.

Una vez que sepas qué períodos debés presentar, deberás confeccionar la declaración jurada a través del aplicativo “Régimen Informativo de Compras y Ventas”, que podrás descargarte desde la web de AFIP.  Allí deberás informar en detalle tus operaciones comerciales: compras, ventas, locales y prestaciones de bienes y servicios, generen o no crédito y débito fiscal.

Deberás cargar en detalle todas las operaciones generadas en el período fiscal que necesites presentar. Una vez cargada la información, el aplicativo generará un archivo que luego deberás presentar en la opción “Presentación de DDJJ y pagos” de la web de AFIP.

¡Evitá multas!

Tal como se describe en el mensaje enviado por AFIP al domicilio fiscal electrónico, la no presentación de las declaraciones juradas del régimen informativo de compras y ventas implica multas y sanciones. A partir del momento en el cual la notificación fue enviada, la Administración Federal de Ingresos Públicos otorga a los contribuyentes un plazo de 15 días hábiles para ponerse al día y presentar la correspondiente declaración jurada.

En caso de no cumplir con este requerimiento, AFIP tiene el derecho de imponer, al contribuyente, una multa que puede ir desde los $500 a los $45.000. 

Siempre recomendamos dejar en manos de profesionales contables la confección y presentación de las declaraciones juradas informativas, debido a que requieren mucha precisión para ser presentadas de forma correcta.

¿Cómo es un mensaje del Domicilio Fiscal de AFIP?

Ejemplo de Intimación DJ Informativa

Intimación falta de presentación – Corte de información al 28/08/2020

De nuestra mayor consideración: En su condición de sujeto responsable de/los Régimen/es General/es de Información que se detalla/n al pie de la presente, cumplimos en informarle que, de acuerdo a las constancias obrantes en esta Administración Federal, no registra la/s presentación/es de la información detallada en la Tabla A.

En virtud de lo expuesto, intímase a que dentro del plazo de quince (15) días hábiles administrativos regularice su situación mediante la/s presentación/es de la/s declaración/es jurada/s correspondiente/s.

Se advierte que la falta de cumplimiento de la/s presentación/es requerida/s se encuentra/n alcanzada/s por las previsiones del primer párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 39 de la Ley Nro. 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), por lo que si la misma se verifica, dará lugar a la iniciación del pertinente sumario, que será tenido en cuenta como antecedente a los efectos de calificar su conducta como contribuyente, como así también evaluar la posible aplicación de lo normado por el tercer y cuarto párrafo del citado artículo y las previsiones del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 38 de la Ley Nro. 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones). En tal sentido, se comunica que las multas del primer párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 39 ascienden de quinientos pesos ($ 500.-) a cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000.-).

En caso de haber efectuado las presentaciones mencionadas, deberá desestimar esta intimación. No obstante, deberá corroborar que las mismas se encuentren registradas en el Sistema de Cuentas Tributarias, y sólo concurrir a la dependencia donde se encuentra inscripto para su exhibición, en el caso de que tales presentaciones no se visualicen en el sistema mencionado. Notifíquese. Se deja constancia que la intimación a que obedece la presente, se encuentra incluida en la Planilla General Nº 50000546601 bajo el Nro. 154