Ya es ley: nuevo alivio fiscal con importantes beneficios. Te contamos cuáles son los puntos de esta propuesta que tiene como principal objetivo ayudar a pymes y emprendedores a superar la crisis económica producto de la pandemia.
De qué se trata la nueva ley de alivio fiscal
El pasado 28 de octubre, el Senado convirtió en ley el proyecto de alivio fiscal que busca otorgar beneficios y facilidades a pymes, emprendedores y trabajadores independientes que vieron perjudicada su economía durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
El programa, propuesto inicialmente por el presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio Massa, prevé la condonación de deudas de hasta $100.000 para organizaciones sin fines de lucro y personas físicas, la ampliación y reactivación de moratorias caducas, y beneficios para contribuyentes cumplidores.
Te contamos cómo serán las medidas de la nueva ley de alivio fiscal.
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Beneficios de la ley de alivio fiscal 2021 para monotributistas, autónomos, y pymes
El proyecto aprobado de forma reciente contempla distintos beneficios para contribuyentes que se encuentren en dificultades económicas.
Te detallamos los principales puntos a continuación:
Alivio fiscal: condonación de deudas
Es una de las medidas principales del proyecto. A partir de la nueva ley, se condonarán las deudas de entidades sin fines de lucro, pymes y personas físicas menores a $100.000. Las mismas pueden ser tributarias, aduaneras o de seguridad social, vencidas al 31 de agosto de 2021.
Dentro de las organizaciones sin fines de lucro se incluyen las cooperativas de trabajo, los bomberos voluntarios, las bibliotecas populares, los clubes de barrio y las entidades de beneficencia.
Con respecto a las pymes y a las personas físicas, las mismas deben encuadrarse dentro de la categoría de pequeños contribuyentes. El beneficio incluye a los monotributistas.
La condonación de la deuda alcanza tanto al monto original, como también a los intereses resarcitorios, punitorios y multas generadas con posterioridad.
Reactivación de moratorias caducas
Para aquellos que se adhirieron a la moratoria de AFIP en el contexto de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, pero no pudieron completar el esquema de cuotas, tendrán la posibilidad de reactivarla.
Recordemos que durante 2020, se puso en marcha un plan de facilidades de AFIP con beneficios y quita de intereses para facilitar la recuperación económica de los sectores más afectados por la pandemia. El requisito para rehabilitar la moratoria es que la caducidad se haya producido antes del 31 de agosto de 2021.
Ampliación de moratoria, otro beneficio de la ley de alivio fiscal
Con la nueva ley de alivio fiscal, se dispuso la ampliación de la moratoria con las características similares a la implementada en 2020, en el marco de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Los beneficios son:
- Se puede incluir deuda tributaria, de la seguridad social y aduanera, vencida al 31 de agosto de 2021 inclusive.
- Se condonan en su totalidad los intereses resarcitorios y/o punitorios originados por dicha deuda.
- Micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, sucesiones indivisas, monotributistas y autónomos considerados pequeños contribuyentes: podrán regularizar deuda en 120 cuotas. La tasa de interés será de hasta un 1,5% mensual durante las 12 primeras cuotas. Luego se aplicará la tasa BADLAR. El plan se considerará caduco ante la falta de pago de más de 6 cuotas.
- Medianas empresas: podrán acceder hasta 60 cuotas con un interés de hasta el 2% mensual durante las primeras 6 cuotas. Luego se aplicará la tasa BADLAR. En este caso, la caducidad del plan se dará por la falta de pago de más de 3 cuotas.
- El resto de los contribuyentes: tendrán un máximo de 36 cuotas con una tasa de hasta 3% mensual durante las primeras 6 cuotas. Luego regirá la tasa BADLAR. De igual manera, caducará el plan al poseer más de 3 cuotas impagas.
- La primera cuota se abonará después del 16 de diciembre de 2021.
- Deudas por fiscalización: los contribuyentes que necesiten regularizar deudas resultantes de procesos de fiscalización por parte de AFIP, podrán hacerlo a través de la moratoria.
Beneficios a contribuyentes cumplidores
La nueva ley de alivio fiscal incluye beneficios para contribuyentes cumplidores.
-En el caso de los monotributistas, estarán exentos de pagar el componente impositivo de la cuota de Monotributo durante:
- Categorías A y B: 6 cuotas
- Categorías C y D: 5 cuotas
- Categorías E y F: 4 cuotas
- Categorías G y H: 3 cuotas
- Categorías I, J y K: 2 cuotas
-Los contribuyentes cumplidores alcanzados por Ganancias, tendrán el beneficio de incluir un monto adicional para la deducción especial, durante un período fiscal.