Monotributo: ¿qué sucederá al alquilar un departamento con la nueva disposición de AFIP de registro de contratos? La Administración Federal de Ingresos Públicos informó que a partir del 1º de marzo de 2021 entrará en vigencia el régimen de Registración de contratos de locación de Inmuebles, que tiene como fin un mayor control de los contribuyentes que realizan operaciones inmobiliarias sin informar. En esta nota te contamos los detalles de esta nueva modalidad, y cómo influirá en los impuestos de monotributistas y autónomos.

Monotributo: ¿habrá que emitir factura al alquilar un departamento?

En el marco de la nueva Ley de Alquileres sancionada durante el 2020, AFIP reglamentó, hace unos días, el Registro de contratos de locación de inmuebles. El mismo establece que a partir del 1º de marzo de 2021, todos los contratos de alquiler de inmuebles deberán ser informados de forma digital ante AFIP. Habrá un plazo excepcional para los contratos más recientes: los realizados desde el 1 de julio de 2020, así como también los celebrados durante el mes de marzo de 2021, podrán realizar el registro hasta el 15 de abril.

El principal objetivo de esta implementación es garantizar el cumplimiento de la nueva Ley de Alquileres. Los inquilinos cuyos contratos de locación no se encontraban informados ante AFIP, no recibían una factura mensual por el mismo, ni tenían una documentación respaldatoria para reclamar en casos de incumplimiento. La informalidad en el contrato tampoco les permitía deducir de Ganancias el porcentaje correspondiente de alquiler.

Además, los contratos informales suponían un gran porcentaje de la evasión impositiva del país. Con el nuevo sistema de registro de AFIP, los propietarios deberán tributar bajo algún régimen que, dependiendo de las características del inmueble y del contrato, podrá ser el de Monotributo o Responsables Inscriptos. En ambos casos, deberán emitir al inquilino una factura mensual.

Dejanos tus datos y resolvemos tus dudas acerca del Monotributo para alquilar:

¿Debo inscribirme en Monotributo para alquilar un inmueble?

La respuesta es que sí, deberás inscribirte en algún impuesto para poder tributar tu actividad inmobiliaria. En qué impuesto te conviene inscribirte dependerá de las características de los inmuebles que estás alquilando.

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Tanto para aquellas personas que ya están inscriptas en Monotributo, como para las que están pensando en darse de alta para poder alquilar, el principal aspecto a tener en cuenta es el límite de facturación permitido por el Monotributo. Desde AFIP resaltaron que el emitir una factura electrónica mensual por el valor del alquiler será estrictamente obligatorio una vez que el contrato esté informado. Ante un incumplimiento, el contribuyente será intimado por el domicilio fiscal electrónico.

Alquilar un departamento facturando como monotributista será posible solamente si la acumulación de las facturas a lo largo del año no superen un monto permitido por el Monotributo. 

Los monotributistas que ya están inscriptos porque realizan otra actividad económica, sumarán a su facturación habitual el valor mensual de lo facturado por el alquiler. Por este motivo, seguramente tendrán que ascender de categoría en Monotributo. En cambio, para aquellos que se darán de alta para alquilar, es importante que hagan el cálculo de lo que facturarán anualmente en concepto de alquiler, para inscribirse en la categoría correcta.

Para ambos casos, si lo facturado al inquilino supera de forma anual lo establecido en la categoría mayor de Monotributo, deberán pasarse al régimen de Autónomos.

¿Cómo registro un contrato de locación en AFIP?

Para alquilar cualquier inmueble, los propietarios deberán informar los contratos celebrados en la web de AFIP. Deberán ingresar con Clave Fiscal a la opción “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”. Allí tendrán que informar sus datos personales, los del inquilino, los del inmueble, y adjuntar en formato PDF o JPG una copia del contrato.

Te damos de alta en Monotributo para alquilar

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Comentarios

  1. Andrea Gyore

    Hola, tengo dos propiedades en alquiler en Bs As, pero vivo en Villa la Angostura, Neuquén, tengo que hacer convenio multilateral?
    El monto aprox. Entre los 2 alquileres es de 50000 mensuales, cuanto tendré que pagar en total x monotributo, convenio multilateral y sus servicios?

    • Calim

      Hola Andrea, te invito a que nos contactes por Whatsapp (botón de chat abajo a la derecha) para proveerte asesoramiento. Saludos!

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