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Gastos con tarjeta: a partir de qué monto AFIP investiga

AFIP investiga gastos con tarjeta

¿AFIP investiga los gastos con tarjeta de crédito? . A partir de determinado monto, los bancos están obligados a informar los consumos de sus clientes. Conocé los detalles en la nota.

Fuerte crecimiento de los gastos realizados con tarjeta durante 2022

Debido a la constante inflación, los consumos efectuados con tarjeta de crédito en Argentina crecieron de manera significativa. Según un informe realizado por la empresa de medios de pago Prisma, en el segundo trimestre de 2022 las transacciones con tarjeta de crédito se incrementaron un 10% en comparación al mismo período del año anterior.

Ante la desvalorización de los salarios, los consumidores optan por realizar compras con tarjeta  en cuotas, a pesar de que, muchas veces, estas no están exentas de interés.

Este aumento en las operaciones electrónicas obligó a AFIP a tomar nuevas medidas de control sobre los gastos que las personas efectúan con tarjeta de débito y crédito, y sobre los depósitos en cuentas bancarias.

Desde comienzos de 2022 se actualizó el monto mínimo a partir del cual los bancos deben informar a AFIP los movimientos de dinero de sus clientes. Te brindamos más detalles a continuación.

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Desde qué monto AFIP investiga los gastos con tarjeta de crédito

A través de la Resolución General 5138/2022, AFIP establece modificaciones en el régimen informativo para entidades financieras. Según el organismo, los bancos están obligados a informar de la siguiente forma:

  • Reportar a AFIP altas, bajas y modificaciones producidas mensualmente en la nómina completa de cajas de ahorro, cuentas corriente, cuentas sueldo o de la seguridad social y demás cuentas especiales.
  • Acreditaciones en cuentas: si el monto mensual total acumulado en una cuenta fuese igual o mayor a $90.000, el banco estará obligado a informar a AFIP.
  • Extracciones: las personas que hayan realizado de sus cuentas extracciones mensuales en efectivo por un monto igual o superior a $90.000 estarán, controladas por AFIP.
  • Saldo en cuenta: aquellas cuentas que, de forma mensual, hayan acumulado saldos iguales o superiores a $90.000, también serán informadas a AFIP.
  • Depósitos a plazo fijo: si alcanzaran los $90.000, los bancos deberán informarlos al organismo.
  • Consumos con tarjeta de débito: se reportarán a AFIP cuando sean iguales o superiores a $30.000. En el caso de consumos en el exterior, se informarán siempre, independientemente del monto.

Previo a esta normativa, el monto a partir del cual las entidades financieras debían informar consumos con tarjeta de crédito era de $30.000 en vez de $90.000.

¿AFIP controla las transferencias bancarias entre cuentas propias?

Sí. En el régimen informativo para entidades financieras, AFIP establece que los bancos estarán obligados a informar las acreditaciones en cuenta por montos iguales o superiores a $90.000. 

Posteriormente, la resolución aclara que se encuentran incluidas en esta normativa todas las acreditaciones correspondientes a transferencias entre cuentas de un mismo titular, al mismo banco u a otro diferente.

¿Puedo evitar que AFIP me investigue?

No. Todos los bancos se encuentran obligados a cumplir con el régimen de información de AFIP. 

Además de brindar datos, las entidades financieras son agentes de retención. Es decir, que están autorizados a realizarte descuentos sobre tu dinero en concepto de algún impuesto, en nombre de AFIP, ARBA u otros organismos de recaudación.

Esto sucede no sólo con los bancos, sino también con las billeteras virtuales como, por ejemplo, Mercado Pago (consultá más acerca de Retenciones y Mercado Pago)

La mejor forma de evitar inconvenientes con AFIP es tener tu dinero correctamente declarado.

Si trabajás bajo relación de dependencia y tus movimientos financieros son acordes a tus ingresos, no tendrás problemas.

En cambio, si desarrollás una actividad independiente, es necesario que te inscribas en los impuestos que te corresponden. De esta forma, no perderás el dinero de las retenciones.

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