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Los nuevos valores de Autónomos AFIP que regirán desde junio 2020

autonomos afip junio 2020

AFIP publicó cuáles serán los nuevos valores de Autónomos desde junio 2020. Si sos trabajador independiente, deberás aportar para tu jubilación a través del pago mensual de Autónomos. Esto rige solamente para aquellos que son Responsables Inscripto, es decir, los que pagan IVA. Los monotributistas, en cambio, ya realizan su aporte jubilatorio a través de la cuota mensual de Monotributo. De igual manera, los que trabajan bajo relación de dependencia tienen el correspondiente descuento de aportes de su sueldo bruto.

El importe de los Autónomos es actualizado por AFIP de forma frecuente. Ya están disponibles los que regirán desde el 15 de junio de 2020. Te contamos los detalles.

Autónomos AFIP: valores desde junio 2020

AFIP establece varias categorías de Autónomos. Cada una de ellas tiene un importe distinto. Según en qué actividad se encuadre un contribuyente, y de acuerdo a la facturación anual del mismo, le corresponderá determinada categoría de Autónomo.

La actualización de los valores de Autónomos va siempre de la mano de los aumentos en los haberes previsionales. El porcentaje de aumento jubilatorio será el que luego se aplicará a la cuota de Autónomos. Para esta nuevo período, hablamos de un 6,12%.

A continuación te detallamos cómo quedan los nuevos montos.

Dejanos tus datos y te ayudamos a inscribirte en Autónomos:

Obligatorio Ingresá Nombre y Apellido separado por un espacio (ej. Carlos Perez)

Obligatorio Ingresá tu celular con código de área sin 15 ni 54 ni símbolos (ej. 1166665555)

El email debe ser válido

Los nuevos montos de Autónomos vigentes desde junio 2020

Aquí te hacemos un resumen de las categorías principales. Podés consultar la tabla completa de categorías actualizadas acá

Es decir, que para el período de Autónomos devengado en junio (con vencimiento en julio), corresponden los siguientes importes:

  • Categoría I (ingresos brutos anuales menores o iguales a $ 20.000): $3029,18
  • Categoría II (ingresos brutos anuales mayores a $ 20.000): $4240,84
  • Categoría III (ingresos brutos anuales menores o iguales a $ 15.000): $6058,36
  • Categoría IV (ingresos brutos anuales mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000): $9693,38
  • Categoría V (ingresos brutos anuales mayores a $ 30.00): $13328,38

Para establecer qué categoría corresponde a cada trabajador autónomo, se deben tener en cuenta los ingresos brutos que estos hayan obtenido en el año inmediato anterior al momento de realizar la inscripción en Autónomos.

Otras cosas a tener en cuenta sobre Autónomos

Estar inscripto en Autónomos es obligatorio. Si desarrollás tu actividad como Responsable Inscripto, debés, además de IVA, pagar Autónomos mensualmente.  Si no te diste de alta en este impuesto, podrás hacerlo desde el menú “Registro Tributario”, ingresando con tu CUIT y Clave Fiscal. Luego entrá a “Empadronamiento de Autónomos”,seleccioná tu actividad comercial, y la categoría de acuerdo a la facturación aproximada que tendrás. 

Además, deberás recategorizarte de forma anual si tus ingresos del año anterior superaron lo establecido por tu categoría.

Recordá que la falta de pago de los Autónomos puede traer complicaciones al momento de tramitar la jubilación, además de generar muchos intereses por deuda acumulada. Te recomendamos dejar estas cuestiones en manos de profesionales contables para evitar multas.

¡Te asesoramos con todos tus trámites como trabajador autónomo!

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